Cuando en pleno siglo XXI observamos, con sensación de impotencia, la manera en que son pisoteados los derechos que con tanto esfuerzo los ciudadanos y ciudadanas llegamos a conseguir, convendría que hiciéramos una mirada retrospectiva a la centuria anterior; en concreto, al año 1948, a ese 10 de diciembre en que la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 217 A (III) adoptara y proclamara la
DECLARACIÓN UNIVERSAL
DE DERECHOS HUMANOS
¿Y si comenzáramos a leer, artículo por artículo, cada uno de los que la constituyen?
¿Y si los comentáramos entre la gente de nuestro círculo?
¿Y si nos diera por analizar todos y cada uno de ellos y debatir sobre su cumplimiento o incumplimiento?
¿Sería esto motivo de profundo desánimo?
O, por el contrario, ¿No nos entrarían unas ganas irresistibles de luchar por ellos?
Empecemos hoy por el primero de ellos:
Declaración Universal de Derechos Humanos: Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, doytados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
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